02/12/2020

Argentina

TURISMO

Vacaciones 2021: estos son los requisitos para salir del país

Todas las personas que ingresen o egresen del país deberán presentar una declaración jurada electrónica.

El Gobierno nacional publicó hoy los requisitos para argentinos y extranjeros que ingresen o salgan del país durante la pandemia de Covid-19.
En el caso de las personas que egresen del país, deberán completar la “Declaración Jurada Electrónica para el egreso del Territorio Nacional”, y quienes ingresen la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”. 
Ambas pueden completarse en el sitio web de Migraciones de la Nación (https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/) 
La Resolución del Ministerio de Salud y Migraciones fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y en la misma se establece que están autorizados a ingresar al país:
Transportistas o tripulantes de cualquier país en ejercicio de su actividad
Nacionales y residentes en Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia
Extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística en la región del AMBA y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad que entren por el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, el Aeropuerto Internacional San Fernando y el Puerto de Buenos Aires.
Por otra parte, se indicó quienes no podrán viajar desde o hacia la Argentina:
Personas que registren en los últimos 14 días dos o más síntomas compatibles con Covid-19.
Quien haya sido contacto estrecho de un caso positivo en los últimos 14 días.
Las personas sintomáticas procedentes de zonas afectadas hasta tanto cuenten con un diagnóstico médico del país en el que se encuentren, con la debida certificación que descarte la posibilidad de contagio.
Aquellas personas sobre quienes la autoridad sanitaria conozca que tuvieron Covid-19 en los 90 días previos al ingreso al país, o acompañen confirmación por laboratorio, acreditando los resultados de las pruebas diagnósticas para Sars-CoV-2 y que no agreguen el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.

El Gobierno nacional publicó hoy los requisitos para argentinos y extranjeros que ingresen o salgan del país durante la pandemia de Covid-19.

En el caso de las personas que egresen del país, deberán completar la “Declaración Jurada Electrónica para el egreso del Territorio Nacional”, y quienes ingresen la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”. 

Ambas pueden completarse en el sitio web de Migraciones de la Nación (https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/



La Resolución del Ministerio de Salud y Migraciones fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y en la misma se establece que están autorizados a ingresar al país:

  • Transportistas o tripulantes de cualquier país en ejercicio de su actividad
  • Nacionales y residentes en Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia
  • Extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística en la región del AMBA y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad que entren por el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, el Aeropuerto Internacional San Fernando y el Puerto de Buenos Aires.


Por otra parte, se indicó quienes no podrán viajar desde o hacia la Argentina:

  • Personas que registren en los últimos 14 días dos o más síntomas compatibles con Covid-19.
  • Quien haya sido contacto estrecho de un caso positivo en los últimos 14 días.
  • Las personas sintomáticas procedentes de zonas afectadas hasta tanto cuenten con un diagnóstico médico del país en el que se encuentren, con la debida certificación que descarte la posibilidad de contagio.
  • Aquellas personas sobre quienes la autoridad sanitaria conozca que tuvieron Covid-19 en los 90 días previos al ingreso al país, o acompañen confirmación por laboratorio, acreditando los resultados de las pruebas diagnósticas para Sars-CoV-2 y que no agreguen el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.

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